El ejercicio 2026 vuelve a situar la fiscalidad patrimonial y empresarial en el centro de muchas decisiones estratégicas. Para la empresa familiar y los grandes patrimonios, las novedades fiscales no deben analizarse como cambios aislados, sino como parte de un entorno cada vez más exigente, donde la planificación, la documentación y la coherencia entre empresa, patrimonio e inversión resultan determinantes.

La fiscalidad ya no afecta únicamente al cierre del ejercicio o a la presentación de declaraciones. Incide en la forma de estructurar una sociedad, en la transmisión de participaciones, en la política de dividendos, en la planificación sucesoria, en la residencia fiscal, en la gestión de inmuebles, en las inversiones financieras y en la protección del patrimonio familiar.

En este contexto, contar con una visión integrada de consultoría empresarial permite analizar las decisiones fiscales desde una perspectiva más amplia, conectando la realidad del negocio con la estructura societaria, la planificación patrimonial, la sucesión y las necesidades financieras de la familia empresaria.

El objetivo no es reaccionar tarde ante cada cambio normativo, sino anticiparse. Porque en fiscalidad, como en casi todo lo importante, improvisar suele salir más caro que planificar.

Un entorno fiscal más exigente para patrimonios elevados

Los grandes patrimonios afrontan en 2026 un entorno fiscal marcado por una mayor atención sobre la riqueza, la titularidad de activos, la residencia fiscal y la coherencia entre el patrimonio declarado y la capacidad económica real.

En este contexto, el Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas siguen siendo dos figuras especialmente relevantes para personas físicas con patrimonios elevados. Aunque su aplicación concreta depende de la situación personal, del territorio, de las exenciones aplicables y de la composición del patrimonio, ambos impuestos obligan a revisar con detalle la estructura patrimonial.

Para familias empresarias y grandes patrimonios, esto implica analizar no solo el valor de los bienes, sino también su naturaleza: participaciones en empresas familiares, activos inmobiliarios, inversiones financieras, seguros, vehículos de inversión, deuda, usufructos, nuda propiedad o activos situados en el extranjero.

La clave está en comprobar si la estructura patrimonial actual sigue siendo eficiente, defendible y coherente con la normativa vigente. Un patrimonio ordenado no es necesariamente aquel que paga menos impuestos, sino aquel que puede explicar bien por qué está estructurado de una determinada forma.

Empresa familiar: revisar requisitos, no dar nada por supuesto

La empresa familiar ocupa un lugar especialmente sensible dentro de la planificación fiscal. En muchos casos, las participaciones en sociedades familiares pueden beneficiarse de determinados regímenes o exenciones, siempre que se cumplan requisitos concretos.

Sin embargo, uno de los errores más frecuentes es dar por hecho que una empresa familiar cumple automáticamente los requisitos fiscales aplicables por el mero hecho de ser una empresa gestionada por una familia. Y no siempre es así.

Conviene revisar aspectos como:

  • La actividad económica real de la sociedad.
  • La composición del activo.
  • La existencia de activos afectos y no afectos.
  • El porcentaje de participación.
  • El ejercicio efectivo de funciones de dirección.
  • La remuneración percibida por dichas funciones.
  • La estructura societaria del grupo.
  • La existencia de sociedades holding.
  • La política de dividendos.
  • La documentación que acredita el cumplimiento de requisitos.

Estos elementos son especialmente importantes cuando la empresa familiar forma parte de una planificación sucesoria, de una reestructuración societaria o de una estrategia patrimonial de largo plazo.

En 2026, la recomendación es clara: no basta con tener una estructura creada hace años. Es necesario comprobar que sigue teniendo sentido y que cumple los requisitos exigibles en el momento actual.

Impuesto sobre el Patrimonio y grandes fortunas: impacto en la planificación

El Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas obligan a los contribuyentes con patrimonios elevados a prestar especial atención a la valoración y composición de sus activos.

En la práctica, estos impuestos pueden afectar de manera directa a familias con empresas, inmuebles, carteras financieras o estructuras patrimoniales relevantes. Por ello, la revisión debe hacerse con una visión global.

Algunos puntos especialmente relevantes son:

  • Valoración de participaciones sociales.
  • Aplicación de la exención de empresa familiar.
  • Revisión de activos inmobiliarios.
  • Valoración de inversiones financieras.
  • Identificación de bienes exentos y no exentos.
  • Análisis de deuda deducible.
  • Coordinación con el Impuesto sobre la Renta.
  • Impacto de la normativa autonómica.
  • Posible incidencia en decisiones de residencia fiscal.

Para grandes patrimonios, la fiscalidad patrimonial no debe analizarse al final del año, cuando apenas queda margen de actuación. Debe formar parte de una planificación periódica, especialmente cuando hay cambios de inversión, transmisiones, reorganizaciones societarias o movimientos relevantes de liquidez.

Sucesiones y donaciones: anticiparse sigue siendo clave

La planificación sucesoria continúa siendo una de las grandes prioridades para empresas familiares y patrimonios relevantes. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones puede tener un impacto muy diferente según la comunidad autónoma, el grado de parentesco, la naturaleza de los bienes transmitidos y la estructura patrimonial previa.

En el caso de la empresa familiar, una sucesión mal planificada puede generar tensiones fiscales, problemas de liquidez y conflictos entre herederos. No se trata únicamente de pagar menos impuestos, sino de asegurar que la transmisión del patrimonio se produce de forma ordenada, defendible y alineada con la voluntad familiar.

Algunas decisiones que conviene revisar son:

  • Testamentos.
  • Donaciones en vida.
  • Pactos sucesorios cuando resulten aplicables.
  • Protocolos familiares.
  • Reparto de participaciones empresariales.
  • Protección del cónyuge.
  • Compensación entre herederos.
  • Liquidez para atender impuestos.
  • Gobierno de la empresa tras el relevo generacional.
  • Coordinación entre patrimonio empresarial y patrimonio personal.

En la empresa familiar, la sucesión nunca es solo una cuestión fiscal. Es también una cuestión de continuidad, gobierno, equilibrio familiar y preservación del legado.

Sociedades holding y reorganización patrimonial

Las sociedades holding son una herramienta habitual en la ordenación de patrimonios empresariales y familiares. Pueden facilitar la gestión de participaciones, la reinversión de dividendos, la organización del grupo, la entrada de nuevas generaciones y la separación entre patrimonio empresarial y patrimonio personal.

Sin embargo, su utilización exige una justificación económica y jurídica adecuada. No deben constituirse únicamente por razones fiscales ni mantenerse sin revisar su utilidad real.

En 2026, las estructuras holding deben analizarse con especial cuidado desde varias perspectivas:

  • Si existe motivo económico válido.
  • Si la estructura responde a una finalidad empresarial o patrimonial real.
  • Si permite ordenar la propiedad del grupo.
  • Si facilita la sucesión.
  • Si mejora la gobernanza familiar.
  • Si ayuda a separar riesgos.
  • Si existe coherencia entre actividad, activos y flujos económicos.
  • Si la documentación societaria y contable refleja adecuadamente la realidad del grupo.

La holding puede ser una herramienta útil, pero no es una solución mágica. Como todo instrumento de planificación, debe utilizarse con criterio y revisarse de forma periódica.

Inmobiliario y fiscalidad patrimonial

El inmobiliario sigue teniendo un peso muy relevante en muchos patrimonios familiares. Viviendas, locales, suelos, inmuebles arrendados, sociedades patrimoniales o inversiones inmobiliarias forman parte habitual de la estructura de riqueza de familias empresarias y grandes patrimonios.

Desde el punto de vista fiscal, el inmobiliario exige analizar cuestiones como:

  • Titularidad directa o societaria.
  • Tributación de rentas del alquiler.
  • Valoración en Patrimonio y grandes fortunas.
  • Impacto en Sucesiones y Donaciones.
  • Plusvalía municipal.
  • Ganancias patrimoniales.
  • Afectación o no a actividad económica.
  • Revisión de sociedades patrimoniales.
  • Necesidades de liquidez.
  • Concentración excesiva en un único tipo de activo.

Uno de los principales riesgos de muchos patrimonios familiares es la concentración inmobiliaria. El activo puede ser sólido, tangible y conocido, pero también puede presentar problemas de liquidez, fiscalidad, gestión y reparto entre herederos.

Por ello, la planificación fiscal debe coordinarse con una reflexión patrimonial más amplia: qué papel cumple cada inmueble, qué rentabilidad genera, qué coste fiscal implica y cómo encaja dentro del conjunto del patrimonio familiar.

Inversiones financieras: fiscalidad, liquidez y diversificación

Las inversiones financieras también deben analizarse desde una perspectiva fiscal y patrimonial. Carteras de fondos, acciones, renta fija, productos estructurados, seguros, vehículos alternativos o liquidez empresarial pueden tener tratamientos distintos y efectos fiscales diferentes.

Para grandes patrimonios, no basta con valorar la rentabilidad esperada. También hay que analizar:

  • Tributación de rendimientos.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales.
  • Compensación fiscal.
  • Horizonte temporal.
  • Liquidez.
  • Riesgo de concentración.
  • Fiscalidad en caso de transmisión hereditaria.
  • Coordinación con otros activos familiares.
  • Necesidades futuras de caja.
  • Perfil de riesgo de cada miembro de la familia.

En este punto, la conexión entre asesoramiento fiscal y financiero resulta especialmente importante. Una decisión de inversión puede ser adecuada desde el punto de vista financiero, pero ineficiente desde el punto de vista fiscal o sucesorio. Y también puede ocurrir lo contrario: una estructura fiscalmente atractiva puede no encajar con el perfil de riesgo o las necesidades de liquidez de la familia.

La clave es integrar ambas miradas.

Residencia fiscal y movilidad patrimonial

La residencia fiscal sigue siendo una cuestión especialmente relevante para grandes patrimonios, directivos, empresarios y familias con activos o intereses en distintas jurisdicciones.

Los cambios de residencia deben analizarse con rigor, porque pueden tener implicaciones en IRPF, Patrimonio, grandes fortunas, Sucesiones y Donaciones, tributación internacional, convenios para evitar la doble imposición y obligaciones informativas.

No conviene abordar la residencia fiscal como una decisión meramente formal. La Administración puede analizar elementos como el centro de intereses económicos, la vivienda habitual, la permanencia efectiva, la familia, la gestión de negocios o la localización principal del patrimonio.

Por tanto, cualquier decisión de movilidad patrimonial o internacional debe acompañarse de una planificación previa, documentación adecuada y coherencia real entre la situación declarada y la realidad económica y personal.

Mayor atención inspectora y necesidad de documentación

Uno de los grandes mensajes para 2026 es la importancia de la documentación. En un entorno de mayor control sobre patrimonios elevados, operaciones vinculadas, estructuras societarias y titularidad de activos, no basta con hacer las cosas bien: también hay que poder acreditarlo.

La empresa familiar y los grandes patrimonios deberían revisar la documentación relativa a:

  • Valoraciones de participaciones.
  • Informes de motivos económicos en reorganizaciones.
  • Actas societarias.
  • Contratos entre partes vinculadas.
  • Política de dividendos.
  • Funciones de dirección.
  • Retribuciones.
  • Préstamos entre socios y sociedades.
  • Arrendamientos.
  • Donaciones.
  • Testamentos y protocolos familiares.
  • Justificación de residencia fiscal.
  • Documentación de inversiones y origen de fondos.

Una estructura patrimonial bien diseñada pierde fuerza si no está correctamente documentada. Y una operación razonable puede generar problemas si no puede explicarse con claridad años después.

Qué deberían revisar las empresas familiares en 2026

Ante este contexto, las empresas familiares deberían realizar una revisión fiscal y patrimonial que incluya, al menos, los siguientes puntos:

  1. Estructura societaria.
    Comprobar si la organización del grupo sigue siendo eficiente y coherente.
  2. Cumplimiento de requisitos de empresa familiar.
    Revisar activos afectos, funciones de dirección, remuneraciones y porcentajes de participación.
  3. Planificación sucesoria.
    Actualizar testamentos, protocolos familiares y criterios de relevo generacional.
  4. Fiscalidad patrimonial.
    Analizar Patrimonio, grandes fortunas, Sucesiones y Donaciones.
  5. Inmobiliario.
    Revisar titularidad, rentabilidad, liquidez y concentración.
  6. Inversiones financieras.
    Coordinar rentabilidad, fiscalidad, riesgo y liquidez.
  7. Residencia fiscal.
    Verificar coherencia en casos de movilidad nacional o internacional.
  8. Documentación.
    Preparar soporte suficiente para justificar decisiones relevantes.
  9. Gobierno familiar.
    Regular el papel de los miembros de la familia en la empresa y en la propiedad.
  10. Estrategia de largo plazo.
    Alinear fiscalidad, empresa, patrimonio e inversión.

Esta revisión no debe plantearse como una reacción ante una posible inspección, sino como una herramienta de gestión prudente.

La importancia de una visión integral

Las novedades fiscales de 2026 confirman una tendencia clara: las decisiones empresariales, patrimoniales y familiares están cada vez más conectadas. No tiene sentido revisar la fiscalidad de una empresa familiar sin analizar la sucesión. Tampoco conviene ordenar una cartera financiera sin tener en cuenta la fiscalidad, la liquidez o el reparto futuro entre herederos.

La empresa familiar necesita una mirada transversal. Una decisión societaria puede afectar a la fiscalidad. Una decisión fiscal puede condicionar la sucesión. Una decisión de inversión puede afectar a la liquidez familiar. Y una falta de gobierno puede convertir una estructura técnicamente correcta en una fuente de conflictos.

Por eso, el asesoramiento debe integrar distintas disciplinas: fiscal, legal, mercantil, patrimonial, financiero y familiar. Solo así puede construirse una estrategia sólida y adaptable a un entorno cambiante.

Conclusión

Las novedades fiscales de 2026 refuerzan la necesidad de revisar la planificación de empresas familiares y grandes patrimonios. La atención sobre la fiscalidad patrimonial, la empresa familiar, la sucesión, las sociedades holding, el inmobiliario, las inversiones financieras y la residencia fiscal exige una gestión más anticipada y documentada.

El objetivo no debe ser actuar solo cuando aparece una obligación tributaria, sino construir una estructura patrimonial coherente, eficiente y preparada para resistir cambios normativos, familiares y empresariales.

En un entorno fiscal cambiante, la mejor respuesta no es la improvisación, sino la planificación.

En GSM&B acompañamos a empresas familiares y grandes patrimonios en la revisión fiscal, patrimonial y sucesoria, integrando asesoramiento legal, fiscal, empresarial y financiero para proteger el patrimonio y facilitar la toma de decisiones con visión de largo plazo.